Incidente Nº 1 - ACTOR: BUSTOS, MARIO VICTOR DEMANDADO: AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS) s/INC APELACION
La Cámara Federal de Mendoza en Sala B resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo por mora en la administración contra la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), rechazando el recurso de apelación y confirmando que la demora en la resolución administrativa configura mora, y que las costas deben ser soportadas por la parte recurrente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Mario Victor Bustos, inició un expediente de amparo por mora en la administración en mayo de 2023, reclamando la emisión de una resolución respecto a una pensión no contributiva por invalidez.
- La demandada, Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), alegó que el expediente no estaba inactivo, sino en trámite y que se estaban tomando las medidas correspondientes.
- El tribunal analizó las pruebas y concluyó que la demandada se encontraba en mora, dado que no acreditó avances sustanciales en el expediente y no justificó la demora.
- Se recordó que el amparo por mora, regulado en el artículo 28 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (LNPA), tiene por objeto que la Administración resuelva en plazo razonable, sin pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
- La sentencia afirmó que la demora injustificada afecta el principio de legalidad, el derecho de defensa y el acceso efectivo a la tutela administrativa y judicial, especialmente en casos de vulnerabilidad como el de la actora.
- Se rechazó el alegato de que la protección del derecho al debido proceso adjetivo se limitaba a derechos subjetivos de actos administrativos firmes, ya que en este caso la demora se relaciona con la omisión prolongada en emitir un pronunciamiento.
- Se impusieron las costas a la parte que interpuso el recurso de apelación, en virtud de la conducta omisiva de la demandada, y se reguló honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- La Cámara concluyó que no correspondía hacer lugar al recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos.
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