Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALTAMIRANO, ARIEL JONATHAN FABIÁN s/HURTO DAMNIFICADO: SALAZAR FLORES, OTTO RENE
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal confirmó la condena de Ariel Jonathan Fabián Altamirano por hurto en un local bailable, justificando la valoración de la prueba y la legalidad del procedimiento, y rechazando los agravios de la defensa que cuestionaron la validez de las imágenes y la valoración probatoria.
Actor: La Fiscalía y la víctima (Otto Rene Salazar Flores).
Demandado: Ariel Jonathan Fabián Altamirano.
Objeto: La participación en el hurto de un teléfono móvil ocurrido el 16 de julio de 2022, en el local Volt Club.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de casación de la defensa y confirmó la sentencia condenatoria, sosteniendo que la valoración de la prueba fue adecuada y que las garantías procesales fueron respetadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal valoró las constancias probatorias, en particular, la declaración del testigo Salazar Flores, quien afirmó que vio a Altamirano abrir la mochila y sacar el teléfono, y la identificación del imputado en las imágenes. La defensa cuestionó la validez de las grabaciones y la nitidez, pero el tribunal concluyó que dichas objeciones carecían de fundamento, dado que la incorporación de las videos fue legal, y las imágenes eran suficientes para identificar al acusado. Además, se afirmó que no existieron irregularidades en la obtención de la video prueba, y que la valoración probatoria fue racional y ajustada a la sana crítica. La interpretación del art. 27 del Código Penal, respecto al plazo de la condena anterior, fue correcta, dado que la condena del 8 de octubre de 2018 fue anterior a la fecha del nuevo hecho, por lo que la unificación de penas fue legal."
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