MARTINEZ, WALTER RAMON c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de la Cámara de Primera Instancia respecto a la liquidación de accesorios y tasas de interés en una condena por accidente laboral. La resolución ajustó la tasa de interés moratorio a partir del 1 de enero de 2024, sustituyendo el CER por intereses del Banco Nación, considerando la evolución económica y la estabilidad de la inflación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La sentencia fue dictada en un proceso laboral por accidente y ley especial.
- La Cámara, tras la resolución de la Corte Suprema, dispuso que los accesorios debían liquidarse conforme a la tasa CER desde la exigibilidad del crédito hasta el 31/12/2023, y a partir del 1/1/2024, con intereses del Acta 2658 del Banco Nación.
- La decisión se fundamenta en que los índices inflacionarios muestran una merma, permitiendo que las tasas de interés vuelvan a cumplir su función reguladora, y que el uso del CER puede resultar desproporcionado en ciertos períodos.
- La Cámara, en su voto conjunto, consideró que mantener indefinidamente el CER puede ser desmedido, proponiendo un esquema de tasas de interés variables según la evolución económica.
- La resolución refleja un equilibrio entre la protección del crédito y la realidad económica, ajustando las tasas en función de las condiciones de inflación y estabilidad.
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