BURGOS, EMILIANO NICOLAS c/ BANCO COOPERATIVO CREDICOOP LTDO. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró improcedente el despido indirecto y ratificó la imposición de costas y honorarios, rechazando los agravios del actor y manteniendo la decisión de primera instancia basada en que la conducta del trabajador no ajustó a derecho.
¿Quién es el actor?
Emiliano Nicolás Burgos (actor)
¿A quién se demanda?
Banco Cooperativo Credicoop (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación por despido indirecto y pago de salarios adeudados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la improcedencia del despido indirecto y la decisión de primera instancia, rechazando los agravios del actor. La sentencia sostuvo que la conducta del trabajador al considerarse despedido sin seguir el procedimiento adecuado, no fue ajustada a derecho. La demandada acreditó que verificó el estado de salud del trabajador y que la situación procesal no tiene consecuencia jurídica. La Cámara también modificó la distribución de costas y confirmó honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia analizó la situación de rebeldía de la demandada, la evaluación de incumplimientos como causa justa, y la conducta del trabajador. Se indicó que el actor no realizó intimación previa a la demandada respecto de su estado de licencia médica, y que su decisión de considerarse despedido fue apresurada. La Cámara consideró que la conducta del actor no se ajustó a las previsiones de los artículos 10 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), y que la actitud de la empresa respecto de la salud del trabajador fue razonable. Además, se valoró que la demandada verificó el estado de salud del actor y que la divergencia entre los informes médicos no tuvo consecuencia jurídica. También se rechazó el agravio relacionado con el pago de salarios, y se modificó la distribución de costas por aplicación del artículo 71 del C.P.C.C.N.
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