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VALDIVIESO, CARINA CELESTE Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD - PSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de Apelación confirma el monto de honorarios y la forma de su cálculo, estableciendo que el letrado Dr. Alfredo H. Olmos percibirá 5.76 UMAs equivalentes a $428.405, aclarando que no incluye IVA y que los responsables inscriptos deberán abonar dicho tributo adicional.

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- Quién demanda: No especificado en el extracto, pero se trata de un proceso en el que la parte actora fue representada por el letrado Dr. Alfredo H. Olmos.

¿A quién se demanda?

En el contexto del expediente, se trata de un proceso contra el Estado o entidad pública, en este caso, en relación con personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La liquidación de honorarios profesionales del letrado patrocinante.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelación fijó los honorarios del Dr. Olmos en 5.76 UMAs ($428.405) y aclaró que no incluyen IVA, por lo que los responsables inscriptos en ese impuesto deberán abonarlo adicionalmente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidación aprobada el 11/12/2024), corresponde -por la labor desarrollada como letrado patrocinante de la parte actora y ante esta Alzada
- fijar los honorarios del Dr. Alfredo H. Olmos en 5.76 UMAs, equivalente -a la fecha del presente pronunciamiento
- a $428.405." "Cabe dejar aclarado que en el importe establecido no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo, que oportunamente realicen los beneficiarios-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago." Además, se registra que el Dr. Alemany no suscribe por hallarse en uso de licencia. "Se deja constancia de que el Dr. Alemany no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (Art. 109 del R.J.N)." La resolución fue firmada por los jueces Pablo Gallegos Fedriani y Guillermo Fabio Treacy, con firma digital fechada 12/08/2025.

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