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JUAREZ, VICTOR EMILIO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la resolución que declaró desierto el recurso del actor contra la resolución administrativa que determinó que no presenta incapacidad, considerando que el recurso no fue fundamentado y que la revisión judicial debe ser amplia y concreta, garantizando el debido proceso y el control efectivo de las decisiones médicas administrativas.

Recurso de apelacion Incapacidad laboral Revision judicial Accidente laboral Tutela judicial efectiva Comision medica Prueba medica Ley 27348 Desercion del recurso. Control de decisiones administrativas


¿Quién es el actor?

Victor Emilio Juarez (actor)

¿A quién se demanda?

Prevención ART S.A. (demandado)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la decisión administrativa que determinó que no presenta incapacidad tras un accidente laboral ocurrido el 8/8/2023, reclamando un examen integral y una valoración adecuada de su incapacidad psicofísica.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la desestimación del recurso por considerarlo desierto y por no presentar una crítica concreta y razonada a la decisión médica administrativa, rechazando la pretensión de que la revisión judicial sea amplia y sin requisitos formales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La deserción decidida en la anterior instancia no encuentra sustento toda vez que, para emitir su dictamen, la Comisión Médica actuante no tuvo en consideración ningún estudio médico practicado con la actualidad que merecía la dolencia que presenta y no dio respuesta concreta a las objeciones planteadas por la parte actora en su oportunidad. Es menester advertir que tampoco dio curso a los medios de prueba por él ofrecidos, ni determinó que los mismos fueran improcedentes, superfluos o innecesarios. Por lo expuesto, cabe concluir que el recurso deducido resulta hábil para requerir la revisión judicial solicitada, no pudiendo sostenerse la deserción del recurso de acuerdo a los artículos 2 de la ley 27348 y en el art. 16 de la Res. SRT 298/17, que resultan irrazonables y lesivos de la garantía de tutela judicial efectiva." En la disidencia, uno de los jueces sostuvo que la ley 27348 permite un control judicial amplio y que la mera discrepancia subjetiva no puede justificar el rechazo del recurso, pero el voto mayoritario confirmó la improcedencia por la falta de crítica concreta y por la forma en que fue presentado el recurso.

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