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MAGALLAN, MELISA SOLANGE c/ SISTEMAS TEMPORARIOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo confirma en parte la sentencia y reduce el monto de condena, argumentando que la modificación en intereses y actualización debe ajustarse a principios de razonabilidad y constitucionalidad, considerando la evolución inflacionaria y la protección del trabajador.

Intereses Actualizacion monetaria Doctrina corte suprema Creditos laborales Derecho del trabajo Indemnizacion despido Ley 24.013 Calculo intereses Apelacion laboral Inconstitucionalidad normas monetarias Art. 8 y 15


- Quién demanda: Melisa Solange Magallan

¿A quién se demanda?

Sistemas Temporarios S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de salarios por licencia por enfermedad, indemnizaciones por despido, multas, intereses, honorarios y costas procesales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la decisión de condenar a la demandada al pago de indemnizaciones y salarios, con una reducción en el monto de condena, y declara la inconstitucionalidad de normas que afectaban el cálculo de intereses y actualización monetaria, en línea con las doctrinas de la Corte Suprema. Además, confirma las multas y regula costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia fue fundada en la prueba y en consideraciones jurídicas razonables, rechazando la alegación de arbitrariedad por parte de la demandada. La doctrina plenaria y jurisprudencia del Máximo Tribunal respaldan la actualización de créditos laborales en función de índices inflacionarios y la inconstitucionalidad de normas que desnaturalizan el derecho del trabajo. Se ajusta la tasa de interés y la actualización monetaria considerando la evolución del IPC y la jurisprudencia reciente, para evitar el enriquecimiento sin causa y la injusticia en el crédito laboral. La declaración de inconstitucionalidad de oficio de normas legales que desvirtúan la protección constitucional del trabajador. La reducción del monto de condena a $103.487,77, incluyendo la multa del art. 80 LCT. La condena en costas y honorarios se mantiene conforme a la ley.

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