REDONDO, LILIANA MABEL MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia que ordenó la actualización del beneficio previsional y rechazó el recurso de la ANSES, destacando la constitucionalidad de la normativa y la correcta aplicación de los índices de movilidad, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y regular honorarios en el 30%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Liliana Mabel María Redondo, interpuso demanda contra la ANSES solicitando el reconocimiento de su beneficio previsional y su reajuste conforme a la ley 24.241 y la normativa vigente.
- La sentencia de primera instancia ordenó la concesión del beneficio y la actualización del haber, además de imponer costas a la demandada.
- La ANSES interpuso recurso de apelación alegando que la sentencia habría dispuesto actualizaciones de remuneraciones no solicitadas, que no consideró la refutación sobre el cálculo del haber inicial, y que la decisión sería arbitraria, además de cuestionar la imposición de costas.
- La Cámara, tras analizar los argumentos, confirmo la decisión de primera instancia, señalando que la pretensión del actor vulnera la garantía constitucional de seguridad social y que la liquidación del haber inicial fue correcta, ajustándose a la jurisprudencia de la Corte Suprema, especialmente en la doctrina del fallo 'Elliff' y 'Morales'.
- Se rechazaron los agravios relacionados con la arbitrariedad y la imposición de costas, reafirmando la constitucionalidad del art. 36 de la Ley 27.423 y la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
- Se regularon honorarios en un 30% de lo resuelto en primera instancia.
- La Sala resolvió no hacer lugar al recurso de la ANSES y confirmó la sentencia en todos sus términos.
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