.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal declaró abstracto el recurso de queja interpuesto por el defensor particular de Carlos Adrián Belaunzarán, debido a que la prisión preventiva fue levantada y el imputado fue puesto en libertad antes del análisis del recurso. La decisión se fundó en que la resolución de la causa había quedado sin objeto, ya que la prisión preventiva fue cesada en mayo de 2025.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El defensor particular, Fernando Farías, interpuso recurso de queja contra la resolución que revocó un auto del Juzgado de Garantías, que había hecho lugar a la morigeración de la prisión preventiva de Carlos Adrián Belaunzarán, en razón de que la alzada local no analizó adecuadamente los elementos de la causa y violó garantías constitucionales. La Cámara de Casación consideró que el recurso había devenido abstracto porque, posteriormente, el 16 de mayo de 2025, el Juzgado de Garantías dispuso la cesación de la prisión preventiva y ordenó la inmediata libertad del imputado. La apelación del fiscal contra esa resolución fue declarada inadmisible por la Cámara de Apelaciones. Por ello, el tribunal concluyó que el planteo de la defensa carece de virtualidad y de objeto, ya que la situación procesal del imputado había sido modificada antes de la resolución del recurso. Los jueces Bouchoux y Natiello coincidieron en que el recurso de queja debía ser declarado abstracto, sin costas en esta instancia.
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