.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto contra la decisión que confirmó el rechazo a la suspensión del juicio a prueba, argumentando que la norma en cuestión no es inconstitucional y que la instancia recursiva está habilitada para revisar la resolución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Ignacio Lusa interpuso recurso de casación contra la confirmación del rechazo a la suspensión del juicio a prueba dictada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro. La Cámara de Casación, en acuerdo ordinario, analiza la admisibilidad y el fondo del recurso. El tribunal sostiene que la materia en análisis es equiparable a sentencia definitiva en los términos del art. 450 del Código Procesal Penal, y que la impugnación por inconstitucionalidad del art. 76 ter del Código Penal no cumple con el requisito de demostración de un agravio concreto y manifiesto. El tribunal afirma que la declaración de inconstitucionalidad es un acto de suma gravedad y que los planteos deben ser claros y manifiestos para prosperar. Además, concluye que la norma cuestionada no resulta arbitraria ni contraria a la Constitución Nacional, y que la interpretación del fallo en cuestión no genera un agravio suficiente para habilitar el recurso de casación. En consecuencia, se declara la admisibilidad del recurso, pero se rechaza su mérito por improcedente, con costas. Los jueces Bouchoux y Kohan adhieren a la decisión.
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