ESPINOSA LILIANA GRACIELA C/ LDV S.A. S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Sala Tercera aclaró la sentencia dictada el 03/06/2025 respecto a la distribución de costas en la resolución de un incidente de verificación de crédito. La aclaración corrige un error material en la parte resolutiva, estableciendo que las costas en esta instancia se distribuyen en el orden causado.
Actor: Liliana Graciela Espinosa Demandado: LDV S.A. Objeto: Incidente de verificación de crédito Decisión: Se aclaró la sentencia del 3/06/2025 respecto a la distribución de costas en la instancia de alzada, corrigiendo un error material en la resolución original. La corrección fue solicitada por el doctor Garaguso, quien argumentó que en la parte resolutiva se indicó que las costas en la alzada se imponían a la concursada, cuando en realidad debían distribuirse en el orden causado, conforme al desarrollo del fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III.
- Dentro de dicho contexto interpretativo y, atento lo que surge de la presentación efectuada en fecha 25/06/2025, dable es destacar que le asiste razón al peticionante, pues se ha deslizado un error involuntario al establecer en el punto 2° de la parte resolutiva que las costas en Alzada se imponen a la concursada.... por lo que cabe dejar aclarado que debió consignarse que; las costas en esta instancia se distribuyen en el orden causado, tal como se concluyó en el desarrollo del tratamiento de la cuestión, llevado cabo el decisorio."
"IV.
- En función de lo expuesto, corresponde aclarar la sentencia dictada en fecha 3 de junio de 2025 en la forma y con el alcance aquí indicado."
No se presentan votos disidentes y la sentencia concluye en la aclaración solicitada.
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