BAEZ PABLO CESAR ANDRES C/ COACH ARGENTINA SA S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral, confirmando la validez del acuerdo y el pago acordado por las partes. La Cámara homologó la conciliación, considerando que la misma alcanza una justa composición de derechos e intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, BAEZ PABLO CESAR ANDRES, demanda a COACH ARGENTINA SA por despido y acuerda una conciliación que contempla un reajuste de su pretensión a 8.000.000 de pesos en 6 cuotas, las cuales serán depositadas judicialmente y bajo apercibimiento de ejecución. El tribunal evalúa que la conciliación propuesta cumple con los requisitos de validez y eficacia, por lo que la homologan. La sentencia destaca que la conciliación alcanza una justa composición de derechos e intereses y que el acuerdo cumple con las formalidades legales y reglamentarias, incluyendo la notificación y el cumplimiento de los plazos de pago. Además, se establece que en caso de incumplimiento, el actor podrá ejecutar la totalidad de las cuotas restantes, y se regula el pago de costas y honorarios profesionales. Fundamentos principales: "Que en base a estos principios, se hace necesario evaluar el mérito y la legalidad del acuerdo conciliatorio que las partes proponen en autos." "Que, considerando el reclamo incoado por la parte actora, los términos en los que ha quedado trabada la litis, la prueba producida hasta el presente y lo manifestado por las partes en el acuerdo arribado, estimo que la conciliación propuesta alcanza una justa composición de derechos e intereses, por lo que corresponde su homologación." "Que el acuerdo alcanzado, en el que se reajusta la pretensión a la suma de 8.000.000 de pesos, resulta válido y efectivo, pues cumple con las formalidades y requisitos establecidos en la ley y la normativa aplicable." "Por ello, se homologará la conciliación, estableciéndose las condiciones de pago, las penalidades por incumplimiento, y las costas del proceso." Votos disidentes: no se registran votos disidentes relevantes.
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