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GOMEZ ANTONIO REMIGIO C/ GALENO ART S.A. S/ EJECUCION DE CONVENIO

Declaran la caducidad de instancia en proceso de ejecución de convenio por inactividad, confirmando la decisión mediante votación unánime del tribunal y ordenando costas a la actora y regulación de honorarios del profesional interviniente.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia resuelve la declaración de caducidad de instancia en el proceso de ejecución de convenio promovido por GOMEZ ANTONIO REMIGIO contra GALENO ART S.A. La jueza María Gabriela Alcolumbre, junto con sus colegas, fundamentan que tras más de seis meses de inactividad y habiendo sido intimada para impulsar el trámite, corresponde declarar la caducidad, en aplicación del art. 11 de la ley 15.057. La decisión se basa en que la inacción prolongada sin justificación justifica el cierre del proceso, preservando el interés público y la certeza jurídica. Además, se impusieron costas a la parte demandante y se reguló honorarios profesionales en 7 "Jus", con los aportes previsionales e IVA pertinentes. La votación fue unánime, y la resolución ordena registrar, notificar y archivar.

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