Logo

ACOSTA ELIDA GUADALUPE C/ PROVINCIA ART S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

La sentencia de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y del art. 11 de la ley 27348, y condenó a la aseguradora al pago de una suma de $17.596.271,82, con actualización por índice Ripte, en favor de la actora por daños derivados de enfermedad profesional. El tribunal ratificó y confirmó la decisión, estableciendo además el modo de pago, costas y actualización del capital.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia resuelve en autos de demanda por enfermedad profesional promovida por Élida Guadalupe Acosta contra Provincia ART SA. La actora alegó padecer afecciones vinculadas a tareas laborales de limpieza y barrido en la Municipalidad de Ramallo, describiendo esfuerzos físicos y posturas forzadas. La pericia médica detectó una incapacidad del 23,96% de la TO, atribuible a labores específicas. La prueba testimonial corroboró las tareas y condiciones laborales, concluyendo que las afecciones de várices en pierna derecha, columna cervical y lumbar, muñecas y codo izquierdo tienen nexo causal con las tareas desempeñadas. La valoración del experimento y la jurisprudencia respaldan la relación causal. Además, se analizó la validez constitucional del DNU 669/19 y del art. 11 de la ley 27348, siendo ambos declarados inconstitucionales por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en fallo reciente, en virtud de su carácter de decretos de necesidad y urgencia sin fundamentos adecuados y sin justificación de la emergencia. La actualización de la indemnización se realiza por índice Ripte, y la suma reconocida se fija en $17.596.271,82, sin tasa pura anual, con costas a cargo de la aseguradora. La sentencia declara además la improcedencia de las excepciones y planteos de inconstitucionalidad relativos a normativas anteriores, y ordena el depósito de las prestaciones en cuenta sueldo, con obligación de denuncia de CBU en 48 hs. Fundamentos principales: "Se probó que las afecciones padecidas por la actora, en particular várices en pierna derecha y limitaciones cervicales y lumbares, tienen relación causal con las tareas repetitivas, esfuerzos físicos y posturas forzadas durante su labor en tareas de limpieza, barrido y traslado de cargas en el ámbito laboral." "El análisis pericial y testimonial demuestra la existencia de un nexo causal, así como la relación con las tareas desempeñadas, siendo la incapacidad parcial y permanente del 23,96% de la TO, valorada conforme a la normativa y jurisprudencia vigente." "Respecto a las normas de actualización, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha declarado inconstitucional el DNU 669/19 y el art. 11 de la ley 27348, por no reunir los requisitos constitucionales de necesidad y urgencia, por lo que se aplica la

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar