Logo

BLANCO SONIA RAMONA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La demanda por accidente de trabajo y secuelas incapacitantes es desestimada por no acreditarse incapacidad permanente ni nexo causal, confirmando la sentencia de primera instancia que rechazó la pretensión.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora Sonia Ramona Blanco demandó a la Provincia de Buenos Aires reclamando indemnización por secuelas incapacitantes derivadas de un accidente laboral ocurrido el 15 de abril de 2019. La demandada, en representación del Estado provincial, argumentó que no se acreditaron secuelas incapacitantes ni nexo causal con el trabajo. La prueba documentada y pericial indica que la contingencia fue calificada como accidente de trabajo, pero la pericia médica concluyó que la trabajadora no presenta incapacidad física ni secuelas patológicas derivadas del accidente, solo un cuadro psicológico sin causalidad con el evento. La sentencia de primera instancia y la Cámara, en base a la valoración de la prueba, concluyen que no se ha probado la existencia de incapacidad permanente ni secuelas causadas por el accidente, y que las lesiones psíquicas no guardan relación causal. Se rechaza la demanda y se imponen costas a la actora. Fundamentos principales: "En suma, pese a la solución a la que arribó el auxiliar médico, no parece razonable concluir que los sucesos de autos hubiesen impactado en la esfera psíquica de la trabajadora, de modo de ocasionar algún tipo de secuela psíquica de carácter irreversible, en nexo de causalidad adecuado en el marco de la Ley 24.557, por lo que la eventual afección detectada podría deberse a factores distintos de los vinculados al accidente en tanto que existen un sinnúmero de causas que pueden predisponer su resultado (situaciones personales, familiares, laborales distintas al suceso de litis, de vida, etc.)." "En definitiva; y en relación al daño psicológico informado en litis, siendo reiterativo, propongo su no reparación en la coyuntura sistémica (Ley 24.557)." "En estos autos, la actora solo logra probar: 1) La relación laboral con la Provincia de Buenos Aires; 2) Que la Provincia es un empleador autoasegurado; 3) Que sufrió un accidente de trabajo el 15/4/2019. En contraposición, no prueba: a) Secuelas incapacitantes permanentes causadas por el siniestro; b) La existencia de un nexo causal entre el accidente y las afecciones denunciadas. Por ello, no se acredita la existencia de incapacidad física ni secuelas que habiliten indemnización, y la demanda debe ser desestimada." "Por los fundamentos que anteceden, y en el contexto particular de estas actuaciones; no encuentro motivo alguno para no aplicar la Tabla de Evaluación de Incapacidades prevista como Anexo

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar