GALLO MATIAS OMAR C/ FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La sentencia reconoce la procedencia de la demanda por honorarios profesionales en un expediente administrativo de la SRT, regulando su pago en favor del letrado Gallo y estableciendo las costas y el pago en un plazo de diez días bajo apercibimiento de embargo. La decisión se fundamenta en la normativa específica sobre honorarios en procesos ante las comisiones médicas y la Ley 14.967, confirmando la competencia del tribunal para regular los honorarios y aclarando que estos no son fijados por las comisiones médicas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Matías Omar Gallo, representando a la Sra. Viviana Rosana Vittoria, promovió una demanda contra la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires por honorarios profesionales relacionados con su intervención en un expediente ante la Comisión Médica 38 de San Martín, homologado por la autoridad competente en mayo de 2025 por la suma de $27.994.356,34. La sentencia reconoce que la actividad profesional del letrado devenga honorarios a cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo, en la proporción del 10% de la suma homologada, y regula su pago en favor del actor en la cantidad de 2.955.330 pesos, más aportes e IVA. La resolución fundamenta que las comisiones médicas carecen de competencia para fijar honorarios, que estos deben regirse por la normativa local y la Ley 14.967, y que la intervención del letrado en sede administrativa y judicial debe ser remunerada conforme a dichas normas. La sentencia también impone las costas a cargo de la Gobernación y especifica el plazo para el pago, bajo apercibimiento de embargo. La decisión se basa en que la ley y la resolución complementaria regulan la actividad profesional, y que la actuación en sede administrativa no implica la fijación de honorarios por parte de las comisiones médicas.
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