DOBRONICH NATALIA ELIZABETH C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (IP S/ AMPARO POR MORA
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata confirmó la sentencia que ordenó al IPS resolver en 30 días la solicitud de jubilación digital de la actora por mora en el trámite administrativo. La demora en el despacho viola los plazos legales y principios de celeridad administrativos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Natalia Elizabeth Dobronich, promovió acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, reclamando que se dicte resolución respecto a su trámite de jubilación digital docente, que se encuentra en retardo desde febrero de 2025. La autoridad administrativa admitió el retraso y se comprometió a impulsar el trámite, pero no cumplió en tiempo. El tribunal, sin analizar el fondo del asunto, verificó que existió una demora administrativa en el despacho del expediente, en incumplimiento a los arts. 76 del CCA y 77 del Decreto Ley 7647/70. "El incumplimiento de los plazos administrativos es responsabilidad de los agentes a cargo del trámite y de los superiores jerárquicos". La ley de procedimiento administrativo establece que el trámite debe impulsarse de oficio y en tiempo razonable, y la demora generó la configuración de mora administrativa. "Los plazos administrativos son obligatorios para las autoridades públicas" y ante la evidencia de exceso en los plazos y la falta de justificación, se acogió la demanda y se ordenó al IPS resolver en 30 días bajo apercibimiento. También se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon honorarios profesionales en 5 unidades arancelarias JUS más 10% de aporte legal. El tribunal concluyó que "la demora incurrida por la Administración obligó al administrado a iniciar el presente proceso para lograr un pronunciamiento expreso", y que la normativa y principios aplicables han sido vulnerados. La sentencia confirmó la resolución de primera instancia, ordenando el cumplimiento del plazo y sancionando la mora.
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