PAILLAMANQUE PARRA CINTIA ANABEL y otro/a C/ GUZMAN CRISTIAN MARCOS y otro/a S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo conciliatorio en proceso laboral, con reconocimiento de monto y eximición de tasa, fue aceptada por la Cámara. La decisión destaca que el acuerdo no vulnera principios de orden público y cumple con los requisitos legales para su aprobación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demandante, Cintia Anabel Paillamanque Parra, promovió una demanda por despido.
- Los demandados, entre ellos Cristian Marcos Guzmán, suscribieron un acuerdo conciliatorio.
- La Cámara evaluó si correspondía homologar dicho acuerdo, analizando si vulneraba principios de orden público y si cumplía con los requisitos legales.
- El tribunal concluyó que el acuerdo no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de derechos e intereses, y que la homologación produce efectos de cosa juzgada.
- Además, se homologó el acuerdo por la suma de $3.000.000, en las condiciones pactadas, con costas a cargo de la demandada y exención del pago de la tasa de justicia; también se regulan honorarios profesionales y se dispuso la apertura de una cuenta judicial.
- La decisión se fundamenta en que la conciliación es un modo válido de terminar el proceso y que el acuerdo satisface los requisitos legales, cumpliendo con los arts. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y art. 30 de la ley del fuero.
- El voto de los jueces fue unánime en aceptar la homologación y las condiciones del acuerdo.
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