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ZABALA RITA ESTER S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD

Sentencia que determina la capacidad jurídica de RITA ESTER ZABALA, estableciendo un régimen de apoyo y restricciones en la administración de bienes, en línea con los derechos humanos y las convenciones internacionales, tras evaluar su condición de discapacidad y limitar su capacidad en ciertos actos.

Capacidad juridica Discapacidad Apoyo Restriccion Derechos humanos Convencion cdpd Ley 26.378 Proteccion de personas vulnerables Modificacion de capacidad Argentina.

La sentencia tiene por objeto determinar la capacidad jurídica de RITA ESTER ZABALA, quien presenta retraso mental moderado, cuadriplejia espástica y dependencia de silla de ruedas, entre otras limitaciones. La resolución surge tras una adecuada adecuación procesal a los nuevos paradigmas constitucionales y convencionales, y considerando los derechos humanos y las normativas internacionales que promueven la plena capacidad de las personas con discapacidad. La jueza sostiene que, conforme a la legislación vigente, incluyendo el Código Civil y Comercial, y los tratados internacionales, “las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica y tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida.” La decisión reconoce la existencia de restricciones en el ejercicio pleno de la capacidad, por lo que se establece un sistema de apoyo conformado por Fernando Javier Guevara y José Ramón Almirón, quienes asistirán a la beneficiaria en la administración de sus bienes y en la realización de actos jurídicos, respetando su voluntad y preferencias. La sentencia también destaca la importancia de que estos apoyos sean proporcionales, periódicos y respetuosos de los derechos de la persona, y que su finalidad es promover la autonomía y participación social de la afectada. Se ordena además la emisión de un informe interdisciplinario cada tres años, la inscripción en el registro civil, y la nulidad de actos contrarios a lo dispuesto. La resolución se fundamenta en el marco de derechos humanos, en la evolución jurisprudencial y doctrinaria, y en la normativa internacional y nacional, incluyendo la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la ley 26.378. La decisión final establece que RITA ESTER ZABALA conserva su capacidad jurídica para actos no restringidos y tiene capacidad restringida en la administración y disposición de bienes, con asistencia de los apoyos designados, en línea con la tendencia internacional y los principios constitucionales.

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