LUCCHETTA AFRA MATIAS EZEQUIEL C/ PELLEGRINO FERNANDO ADRIAN S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La Cámara de Mar del Plata confirmó la sentencia que condenó a Pellegrino por incumplimiento contractual en la construcción de un cerramiento, estableciendo daño moral y daño punitivo, y reafirmando la responsabilidad del demandado en la relación de consumo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Matías Ezequiel Lucchetta Afra, demanda a Fernando Pellegrino y/o Aberturas Arona por incumplimiento contractual en la construcción e instalación de un cerramiento en su propiedad, reclamando daños patrimoniales, morales y daños punitivos por un monto total de $1.500.000. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, condenando al demandado al pago de $1.000.000 por daño moral, una suma equivalente a dos veces la Canasta Básica Total (actualmente $2.373.652,78) por daño punitivo, y costas. Se fundamentó en que Pellegrino, en su calidad de proveedor, no cumplió con la obligación de realizar el cerramiento pese a haber percibido casi el 90% del monto presupuestado, y actuó con actitud reticente y contradictoria, afectando derechos del consumidor. La prueba pericial confirmó la inexistencia del cerramiento contratado, y la conducta del demandado fue considerada grave y dolosa, justificando la indemnización. El demandado, en su contestación, negó los hechos, desconoce la contratación y la firma, y argumentó que no existió vínculo contractual ni obligación de hacer. La Cámara analizó la relación de consumo, resaltando la carga probatoria dinámica y la obligación del proveedor de colaborar con el esclarecimiento. La prueba producida fue suficiente para acreditar la existencia de la relación y el incumplimiento, y que el demandado percibió sumas sin cumplir con las obligaciones. La conducta del demandado fue considerada grave y dolosa, justificando daños punitivos. La condena incluye intereses y actualización conforme a la ley. La sentencia fue confirmada en alzada, manteniendo los montos y fundamentos.
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