MENDEZ CARDOZO INOCENCIO C/ BOSTON COMPANIA ARGENTINA DE SEGUROS SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
Homologación de acuerdos transaccionales en proceso por daños y perjuicios derivados de lesiones automovilísticas. La Cámara homologó los convenios y confirmó honorarios profesionales, asegurando la validez y ejecución del acuerdo alcanzado por las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juez homologó los acuerdos transaccionales presentados por las partes en el expediente por daños y perjuicios derivados de lesiones en un accidente automovilístico. La homologación se realizó en virtud del artículo 308 del Código Procesal, que permite a las partes solicitar la aprobación judicial de los convenios alcanzados. La decisión implica que los acuerdos tienen fuerza de cosa juzgada y función ejecutoria, permitiendo la continuación del proceso en los términos pactados. Se confirmaron los honorarios de la letrada Mariana Alejandra Mach en $800.000 más aportes y honorarios del resto de los profesionales intervinientes, incluyendo peritos y mediador, en suma total de aproximadamente $4.000.000. La resolución también incluyó la regulación de honorarios y el pago de tasas de justicia, todos en el marco de la ley 14.967 y leyes complementarias. El tribunal fundamentó que "la homologación de los acuerdos, conforme a lo dispuesto en el art. 308 del Cód. Procesal, resulta procedente y suficiente para dar por finalizada la instancia en esta materia, garantizando la validez y eficacia del convenio". No se registran votos en disidencia y la decisión refleja un acuerdo pleno.
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