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MENDEZ CARDOZO INOCENCIO C/ BOSTON COMPANIA ARGENTINA DE SEGUROS SA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)

Homologación de acuerdos transaccionales en proceso por daños y perjuicios derivados de lesiones automovilísticas. La Cámara homologó los convenios y confirmó honorarios profesionales, asegurando la validez y ejecución del acuerdo alcanzado por las partes.

Danos y perjuicios Honorarios profesionales Proceso civil Mediacion Acuerdo transaccional Tasacion Homologacion de acuerdos Ley 14.967 Fuerza de cosa juzgada Lesiones automovilisticas

¿Qué se resolvió en el fallo?

El juez homologó los acuerdos transaccionales presentados por las partes en el expediente por daños y perjuicios derivados de lesiones en un accidente automovilístico. La homologación se realizó en virtud del artículo 308 del Código Procesal, que permite a las partes solicitar la aprobación judicial de los convenios alcanzados. La decisión implica que los acuerdos tienen fuerza de cosa juzgada y función ejecutoria, permitiendo la continuación del proceso en los términos pactados. Se confirmaron los honorarios de la letrada Mariana Alejandra Mach en $800.000 más aportes y honorarios del resto de los profesionales intervinientes, incluyendo peritos y mediador, en suma total de aproximadamente $4.000.000. La resolución también incluyó la regulación de honorarios y el pago de tasas de justicia, todos en el marco de la ley 14.967 y leyes complementarias. El tribunal fundamentó que "la homologación de los acuerdos, conforme a lo dispuesto en el art. 308 del Cód. Procesal, resulta procedente y suficiente para dar por finalizada la instancia en esta materia, garantizando la validez y eficacia del convenio". No se registran votos en disidencia y la decisión refleja un acuerdo pleno.

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