PINELLI LORENA ANDREA C/ CAJA DE SEGUROS S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La responsabilidad del accidente y la condena por daños y perjuicios a favor de Lorena Andrea Pinelli. La sentencia confirma la responsabilidad del demandado y la cobertura aseguradora, estableciendo la indemnización total de $20.775.000 y los intereses correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso versa sobre una demanda indemnizatoria por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 23/08/2022, en el que Lorena Andrea Pinelli sufrió lesiones tras la apertura negligente de la puerta del vehículo del demandado, Héctor Ernesto Cristiani, estacionado en Morón. La actora reclama la suma de $6.911.356, por daños físicos, psíquicos, morales, gastos médicos, daños materiales en su moto, depreciación y privación de uso. La defensa del demandado negó los hechos y cuestionó los rubros indemnizatorios, argumentando la existencia de accidentes anteriores y la cobertura del seguro. Sin embargo, las pruebas colectadas, incluyendo informes periciales, testimonios y documentación, acreditan la mecánica del accidente y la responsabilidad del demandado. La pericia mecanico y la prueba testimonial coinciden en que la apertura negligente del vehículo causó el impacto. La responsabilidad del dueño o guardián del vehículo se fundamenta en la responsabilidad objetiva por riesgo propio, regulada por el art. 1769 del CCyC y la ley de tránsito 24.449. La sentencia también evalúa las secuelas físicas y psíquicas de la actora, estableciendo daños y la suma indemnizatoria total de $20.775.000, con intereses calculados según el acuerdo judicial 839/2020. Fundamentos principales: "Corroborada la existencia del accidente y la responsabilidad del demandado, la responsabilidad objetiva se configura en virtud del riesgo creado por la conducción del vehículo. La prueba pericial mecánica y la testimonial del testigo Castillo acreditan que la apertura negligente de la puerta fue la causa del impacto. La ley de tránsito exige cuidado y prevención en la vía pública, y la conducta del demandado incumplió esas obligaciones, generando la responsabilidad civil." También se destaca que la aseguradora responde en la medida del seguro contratado, cuyo límite total es de $23.000.000, y que la cuantificación de los daños, incluyendo lesiones físicas, psíquicas, daño moral, gastos médicos, daños materiales y privación de uso, resulta justificada y proporcional a las secuelas evidenciadas.
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