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MARRACINO, MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de Rosario confirmó la constitucionalidad del modo de actualización de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de resoluciones de ANSeS, además de ratificar la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre retroactivos previsionales. La sentencia reafirmó la constitucionalidad de las disposiciones y rechazó los agravios relacionados con los topes y el impuesto, fundamentando en precedentes y en la jurisprudencia constitucional.

Costas Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Declaracion de oficio Actualizacion de haberes Retroactivos previsionales Resoluciones anses Jurisprudencia constitucional Ley 27.426

Actor: María Cristina Marracino Demandado: ANSES Objeto: Reajuste de haberes previsionales y actualización de remuneraciones, cuestionando la constitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426 y resoluciones de ANSeS, y solicitando que se declare la no aplicación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos previsionales. Decisión: La Cámara confirmó la constitucionalidad del modo de actualización dispuesto, declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones Nº 56/2018 y Nº 1/2018 de ANSeS, y la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, además de ratificar la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias en estos casos. La sentencia también impuso las costas a la parte demandada sustancialmente vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación a los agravios de la demandada relativos al modo dispuesto para actualizar las remuneraciones, las cuestiones a dirimir en la presente causa son sustancialmente análogas a las planteadas por la ANSeS en los autos Nº FRO 3171/2016, y que fueron rechazadas por esta Sala –integrada– en acuerdo del 20 de marzo de 2019. En consecuencia, cabe confirmar el modo dispuesto en la sentencia apelada para la actualización de las remuneraciones de la actora, y declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones Nº 56/2018 y Nº 1/2018 de ANSeS. Asimismo, respecto a la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, la cuestión es sustancialmente análoga a la planteada en otros autos, y fue rechazada por esta Sala en acuerdo del 21 de mayo de 2020, por lo que también se confirma la sentencia en este punto. En cuanto al tratamiento del impuesto a las ganancias, se remite a los argumentos del acuerdo del 25 de agosto de 2022, y se confirma la sentencia en consecuencia."

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