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PUIGROS, MARIA GUADALUPE DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que rechazó los agravios de ANSES en un juicio por reajustes previsionales, manteniendo la validez de los criterios jurisprudenciales y la declaración de constitucionalidad diferida de ciertos artículos de ley, y rechazando los planteos sobre costas y honorarios.


¿Quién es el actor?

María Guadalupe del Carmen Puigros

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reajustes en beneficios previsionales y cuestionamiento de la constitucionalidad de artículos de leyes previsionales y de la aplicación de ciertos precedentes jurisprudenciales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó los agravios de ANSES, en particular la inaplicabilidad del fallo “Makler, Simón”, la regulación de la PBU, la constitucionalidad diferida de los topes legales y la imposición de costas, y rechazó el planteo de honorarios por entender que estos fueron diferidos y no regulados en porcentaje. Además, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018, imponiendo las costas a la parte vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto a la errónea aplicación del precedente de la C.S.J.N. 'Makler, Simón', cabe señalar que, atento a que el actor posee aportes computados como servicios autónomos, es pacífica la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como así también de los tribunales inferiores, en cuanto entienden que su doctrina resulta plenamente aplicable para redeterminar el haber inicial de los beneficios previsionales que fueron adquiridos bajo la ley 24.241, dado que la situación de los que obtuvieron su jubilación o pensión conforme esa ley, no difiere de los que lo han hecho al amparo de la ley 18.038. Por lo tanto, habré de rechazar el agravio formulado por la ANSeS sobre este punto y confirmar lo resuelto por el a quo." "Respecto a los agravios dirigidos a cuestionar el tratamiento otorgado a la PBU, se deberá estar, en lo pertinente, a los fundamentos y conclusiones vertidos en el Acuerdo de esta Sala integrada de fecha 16 de abril de 2025, en los autos Nº FRO 32203/2022 caratulados 'SPESSOT, DANIEL ANTONIO c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS'. En consonancia con lo allí expuesto, corresponde confirmar lo resuelto en la sentencia apelada." "En relación al planteo vinculado a la declaración de inconstitucionalidad de los topes legales previstos en los artículos 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241, cabe destacar que la sentencia recurrida no declaró inconstitucionalidad alguna, sino que difirió su tratamiento para la etapa de ejecución. Por ello, rechazo el presente agravio." "En lo concerniente al agravio sobre las costas, este habrá

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