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MACHADO ROBERTO JOSÉ S/ SUCESION AB-INTESTATO (21)

Inscripción de la declaratoria de herederos y formalización del inmueble en un proceso de sucesión ab-intestado. La justicia ordenó la inscripción y dispuso los honorarios de los profesionales intervinientes, además de los requisitos impositivos y documentales previos a la inscripción.

Declaracion jurada Honorarios profesionales Bienes inmuebles Cumplimiento de requisitos Documentacion digital Sucesion ab-intestado Inscripcion de herederos Impuesto a la transmision gratuita de bienes Normativa judicial y fiscal Judicializacion de la herencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia resuelve la inscripción de la declaratoria de herederos en el registro correspondiente respecto a un inmueble situado en Zárate, con datos catastrales específicos. Se ordena la presentación de documentación en PDF, con la obligación del letrado de presentar los comprobantes originales cuando sean requeridos, en cumplimiento del Acuerdo 4013 de la SCBA. La resolución también establece el pago de honorarios a los profesionales, la presentación de la declaración jurada para el pago de la tasa de justicia, y la acreditación del cumplimiento del impuesto a la transmisión gratuita de bienes, en caso de corresponder. Además, se recuerda la obligación de registrar la clave tributaria de las partes involucradas según la normativa vigente, y se ordena la emisión de la documentación necesaria para la inscripción, con la responsabilidad de los interesados en la confección de la misma. Fundamentos principales: "Previo a todo tramite, cumpla el letrado con el correspondiente aporte de Ley. Atento que la declaración jurada para el pago de la tasa de justicia y su contribución pertenece a otras actuaciones, previamente deberá adjuntarse la correcta y en caso de corresponder, integrarse la misma." "En atención a lo pedido y estando cumplidos los recaudos necesarios, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos en el registro respectivo, con relación al bien a que se refiere el informe de dominio que en PDF se adjunta." "Se hace saber que de acuerdo a lo dispuesto por la Acordada 432/00 de la SCJBA deberá denunciarse la clave única de identificación tributaria (CUIT), clave de identificación (CDI) o código único de identificación laboral (CUIL) de las partes intervinientes a efectos de ser incluidos en los documentos judiciales en los que se requiera la inscripción." Votos en disidencia: No se reportan votos disidentes en la sentencia analizada.

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