BRITO FRANCISCO DELFINO S/ SUCESION AB-INTESTATO(21)
Procedimiento de inscripción de declaratoria de herederos y transmisión de bienes en una sucesión ab-intestato. La sentencia ordena el cumplimiento de requisitos formales y materiales para proceder a la inscripción y transmisión de bienes, estableciendo los pasos y condiciones para ello, incluyendo la declaración jurada patrimonial y la documentación requerida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia ordena la inscripción de la declaratoria de herederos en una sucesión ab-intestato, específicamente respecto a un automotor Chevrolet Silverado año 1986. La jueza destaca que, para proceder, debe confeccionarse una declaración jurada patrimonial, que incluya todos los bienes transmitidos, y acompañar los comprobantes de pago de la tasa de justicia y contribución. La resolución señala que, una vez cumplidos los requisitos, se procederá a la inscripción respectiva, con la confección de la documentación necesaria por parte de los interesados y la verificación de los datos en el registro. Se establece además el cálculo y los honorarios a favor de la abogada actuante, Valeria Paola Denicola, por un monto de 8 JUS, conforme a las leyes arancelarias. La jueza también menciona la obligación de presentar los comprobantes originales cuando sean requeridos y la necesidad de digitalizar la documentación en archivos independientes, cumpliendo con los requisitos formales de la ley. Fundamentos principales: "Para poder ser dictado el decreto de inscripción de la D.H. en relación al inmueble denunciado, previamente, debe: confeccionarse declaración jurada patrimonial para el pago de la tasa de justicia... La misma debe calcularse consignando el porcentual transmitido por el causante más un 10% por estimación fiscal por bienes muebles." "En atención a lo pedido y estando cumplidos los recaudos necesarios, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos en el registro respectivo, con relación al automotor..." "parte que se transmite y valoración de los trabajos concretados, regúlanse los honorarios de la Dra. Valeria Paola Denicola en la suma de 8 JUS."
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