GRAVIMAR S.R.L. C/ CARBALLO YESICA KARINA Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena el cumplimiento de la ejecución por pago de capital y costas, rechazando excepciones y aplicando la tasa activa desde el 10/01/2022. La decisión confirma la continuidad del proceso y la condena a la parte demandada a pagar $102.000 más intereses.
Actor: GRAVIMAR S.R.L. Demandado: CARBALLO YESICA KARINA; COSTA FRANCINA Objeto: Pago del capital de $102.000,00 y costas del proceso Decisión: Se ordena a las demandadas pagar a la actora ese capital, más intereses desde el 10/01/2022, y se declara la pérdida del derecho de la parte demandada a oponer excepciones por haberlas dejado vencer. Además, se hace efectiva la constitución de domicilio y se regula el pago de costas. Fundamentos: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar en tiempo oportuno." "En virtud de lo dispuesto por los arts. 540 y 549 del CPC corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga a la emplazante íntegro pago del capital reclamado de Pesos CIENTO DOS MIL CON 0/100 ($102.000,00)." "En cuanto al cómputo de intereses a aplicar, si bien en principio deben ser liquidados a partir del 1° de abril de 1991 a la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a 30 días, se aplicará la tasa activa desde la mora, 10/01/2022, hasta el pago efectivo, conforme a los arts. 767, 768, 769, 771 y cctes. del C.C. y C." "No habiendo la parte emplazada constituido domicilio procesal, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto por el art. 41 del CPC, teniéndoselo por constituido en los estrados del juzgado." "Costas a la parte demandada." "Difiriendo la regulación de honorarios para oportunidad futura." "Se hace saber que la documentación original se mantendrá en Secretaría hasta su destrucción."
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