BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ OCAMPO OCTAVIO LAUTARO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
Fallo que hace lugar a la demanda por cobro de suma de dinero derivada de préstamo por sistema UVA, condenando al demandado a pagar $354.697,21 desde mora con intereses; confirma la validez de la documentación y la falta de pago; y condena en costas.
El Banco de la Provincia de Buenos Aires inició una acción de cobro sumario contra Octavio Lautaro Ocampo, reclamando la suma de $354.697,21 por incumplimiento en pago de un préstamo otorgado en sistema UVA. La demanda fue fundada en un contrato digital de préstamo suscripto en junio de 2018, con cancelaciones parciales y en contexto de la pandemia COVID-19, donde se prorrogaron cuotas pero el demandado no regularizó la deuda. La sentencia determinó que la documentación acompañada y el informe pericial acreditan la suscripción del contrato y el incumplimiento, por lo que se hizo lugar a la demanda y se condenó al demandado a pagar la suma reclamadas con intereses desde la mora. La rebeldía del demandado fue tenida en cuenta, y se aplicaron las reglas de reconocimiento por silencio y documentación no negada. La condena incluye intereses acordados en el contrato, con un límite del 50% adicional sobre la tasa bancaria. Se impusieron las costas al demandado vencido y se difirió la regulación de honorarios.
Fundamentos principales:
"Siguiendo esos lineamientos, he de tener al legitimado pasivo por reconocida la documentación consistente en una solicitud de préstamo personal y contrato de mutuo de fecha 5/06/2018 por la suma de 10.062.89 UVA´s acompañada a la demanda en formato .pdf. Asimismo debo tener por reconocido los hechos licitos que se le imputan, esto es, la falta de pago de tal préstamo a partir de 30/09/2021 y en adelante."
"El monto de $ 240.000 fue acreditado el día 5 de junio de 2018. La mora se produce el día 31 de octubre de 2021. El saldo de la operatoria asciende a la cantidad de 3.975,63 UVAs que al momento de la mora (Valor UVA $91,35) equivale a $363.174,45; y a la fecha del Informe (11/03/2024
- Valor UVA $ 716,14) equivale a $ 2.847.112,75. Lo informado surge de la documentación aportada por la actora."
"En consecuencia, por los fundamentos dados, encontrándose avalados con suficiencia los hechos en que se funda la demanda, debo hacer lugar a la misma (arts. 375, 384 y cctes. del CPCC; arts. 1073, 1075, 1525 y concordantes del CCYC)."
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