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D´ALESSANDRO MARIA HERMINIA S/ RECTIFICACION TITULO PROPIEDAD

La sentencia ordena la rectificación del título automotor del camión IVECO, modificando el estado civil del titular registral a divorciado, en atención a la documentación probatoria y la legislación aplicable, confirmando la veracidad de los hechos y la validez de la prueba aportada.


- La actora, María Herminia D'Alessandro, demanda la rectificación del título del camión IVECO con dominio AA868QJ, que en el registro figura con el estado civil de su padre, Jorge Héctor D'Alessandro, como soltero. La peticionante sostiene que, al momento de la adquisición del vehículo en 2017, su padre era en realidad de estado civil divorciado, conforme a la sentencia de divorcio dictada en 2006 y la documentación accompanying.
- La documentación presentada, incluyendo el acta de matrimonio y la sentencia de divorcio, acreditan que el Sr. D'Alessandro se encontraba divorciado desde el 29/12/2005, con efecto retroactivo, por lo que la inscripción registral es incorrecta.
- El informe de dominio y el título del automotor también corroboran que la adquisición fue en 2017, cuando el estado civil de D'Alessandro era efectivamente divorciado. La autoridad judicial destaca que "los instrumentos públicos hacen plena fe de lo que dicen, se presumen legítimos y el mero desconocimiento de los mismos no los invalida o resta valor probatorio".
- La sentencia concluye que, a la luz de la prueba documental, corresponde hacer lugar a la petición de rectificación, ordenando al Registro de la Propiedad Automotor que modifique el estado civil en el título.
- Se señala que la causa es un juicio voluntario y que las constancias probatorias son suficientes para resolver favorablemente la petición.
- Se ordena también la remisión de oficio a la DNRPA para la rectificación registral, con la aclaración de que el causante era divorciado en el momento de la adquisición del bien.
- La resolución también dispone la regulación de honorarios y la publicación en la página web del Tribunal.
- La decisión se fundamenta en que "el informe de dominio y el título del automotor acreditan que el Sr. D'Alessandro, Jorge Héctor, era de estado civil divorciado en la fecha de adquisición del vehículo, conforme a la sentencia con efecto retroactivo".
- Además, se destaca que la documentación y las actas obrantes en autos hacen plena fe y que no existen hechos controvertidos que impidan la rectificación solicitada.
- La sentencia confirma que la prueba documental es suficiente para modificar el estado civil en el registro, en conformidad con la legislación vigente y los principios probatorios aplicables. 9.

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