VERNA DULCE DANA Y OTRO/A C/ CORDOBA MARCELA FERNANDA Y OTROS S/ REIVINDICACION
La justicia hizo lugar a la reivindicación del inmueble por parte de los actores y condenó a los demandados a restituirlo, fundamentando que la prueba documental y testimonial no demostraron la posesión prolongada y pacífica que justificara la prescripción adquisitiva.
La acción reivindicatoria fue promovida por Dulce Dana Verna y Darío Miguel Verna contra Cintia Daniela Córdoba, Hugo Alberto Ocampos y otros, respecto del inmueble Unidad Funcional N°2 en Ciudad Jardín El Libertador. Los actores alegaron que su padre adquirió y mantuvo la posesión del inmueble desde 1988, realizando donaciones con reserva de usufructo en 1994 y que los demandados ocupan el inmueble de forma clandestina y sin título desde aproximadamente 2005. La parte demandada, en defensa, afirmó haber poseído el inmueble desde 1992, con actos de mejoras y con "animus domini", basándose en documentación y testimonios, pero la prueba documental aportada careció de autenticidad y respaldo suficiente. La valoración de la prueba testimonial también fue desfavorable a la parte demandada, ya que no acreditaron la posesión continua, pública y pacífica por más de 20 años. El tribunal concluyó que no se probó la posesión con ánimo de dueño en el tiempo requerido, y que la prueba aportada por la parte demandada fue insuficiente, por lo que hizo lugar a la demanda y ordenó la restitución del inmueble.
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