VERA, INOCENCIO FELIPE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Mar del Plata revoca parcialmente la sentencia de grado en reclamo de reajuste de haberes previsionales, confirmando la inaplicabilidad de ciertos índices y leyes, y dispone que las sumas adeudadas se ajusten según la tasa pasiva promedio del Banco Central, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y de los arts. 9 de la ley 24.463, 9, 25 y 26 de la ley 24.241, y del art. 3 del DNU 157/2018.
- Actor: Inocencio Felipe VERA
- Demandado: ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales y aplicación de índices de actualización.
- Decisión del tribunal: La Cámara revoca parcialmente la decisión de primera instancia y, en virtud de los precedentes judiciales y constitucionales, declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, y de varias resoluciones y decretos, además de establecer que las sumas adeudadas deben actualizarse con la tasa pasiva promedio del Banco Central. Se confirma el resto de la sentencia en lo que fue materia de apelación.
- Fundamentos principales:
La inaplicabilidad del índice R.I.P.T.E. y la ley 27.260, dado que el actor no se adhirió al Programa Nacional de Reparación Histórica, y la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia que declaró la inconstitucionalidad de dichas resoluciones.
La declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, en atención a que la comparación de índices debe hacerse con el IPC del INDEC, considerando la mejora en la prestación en los períodos que la ley resulta más favorable.
La declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y la suspensión de la aplicación de los arts. 9 de la ley 24.463, 9, 25 y 26 de la ley 24.241, reservando el análisis en la etapa de ejecución.
La desestimación del agravio sobre la declaración de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 por incongruencia.
La imposición de costas a la parte vencida en ambas instancias.
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