SAÑUDO, ANIBAL HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Mar del Plata confirma la declaración de inconstitucionalidad de varias normas y el rechazo de agravios relacionados con el reajuste de haberes previsionales y la constitucionalidad de leyes y decretos, confirmando la sentencia de grado en su parte sustancial y revocando parcialmente en algunos aspectos, diferiendo la liquidación y costas a la etapa de ejecución.
Quien demanda: Anibal Horacio Sañudo
A quién se demanda: ANSES
Qué se reclama: Reajuste de haberes previsionales, declaración de inconstitucionalidad de normas y decretos, y actualización del haber.
Qué se resolvió: La Cámara confirma la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 y de otras normas, revoca parcialmente la sentencia de grado, y difiere la liquidación y la determinación de posibles quitas o merma confiscatoria a la etapa de ejecución. Además, confirma la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, y la inconstitucionalidad de la Res. 06/09.
Fundamentos principales de la decisión:
- La Cámara remite a los fundamentos de fallos anteriores, como “MORO, ANGEL ALBERTO c/ ANSeS” y “GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS”, en los que se declaró la inconstitucionalidad de normas similares y se estableció que el cálculo de las remuneraciones hasta febrero de 2009 debía actualizarse por el índice ISBIC, y desde marzo de 2009 hasta diciembre de 2017 por la ley 26.417, y desde diciembre de 2017 por el índice de la ley 27.426.
- Respecto a la inconstitucionalidad de la Res. 06/09 de la SSS, la sentencia remite a fallos anteriores y declara la inconstitucionalidad por exceder las potestades reglamentarias del organismo.
- En relación a los topes a los haberes previsionales, la Cámara decide rever su criterio y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución, remitiendo a fallos previos y fundamentaciones de la Corte Suprema.
- Sobre la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, la Cámara revoca parcialmente la sentencia y difiere también a la etapa de liquidación.
- Las costas son a cargo de la vencida.
- La sentencia resulta en la confirmación de la declaración de inconstitucionalidad de múltiples normas y en la revocación parcial de algunas decisiones, con diferimiento de aspectos clave a la etapa de ejecución.
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