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MARTELLI, MARIANO FERNANDO c/ LOGISTICA DE AVANZADA SA Y OTROS s/DESPIDO

La Cámara Federal de La Plata confirmó la existencia de relación laboral entre el actor y Logística de Avanzada S.A., rechazando los agravios sobre la naturaleza mercantil del vínculo y en cuanto a las multas, costas y otros conceptos.

Relacion laboral Despido Multas laborales Incumplimiento registral Responsabilidad solidaria Prueba testimonial Ley de contrato de trabajo Ley 24.013 Ley 25.561 Inconstitucionalidad.


- La parte actora, Mariano Fernando Martelli, demandó por despido y otros conceptos laborales, reclamando una suma de $126.602,09.
- La demandada Logística de Avanzada S.A. sostuvo que la relación era mercantil, no laboral, y que existía un contrato autónomo, además de alegar prescripción.
- La sentencia de primera instancia declaró la existencia de un vínculo laboral en dependencia desde mayo de 2002 hasta agosto de 2004, condenando solidariamente a Logística de Avanzada S.A. y a la Unidad Administrativa/Correo Oficial.
- La Cámara confirmó dicha decisión, destacando que la prueba testimonial, documental y pericial acreditó la relación de dependencia, y que las argumentaciones de la apelante no lograron desvirtuar esa presunción.
- En relación a las multas, la Cámara consideró que corresponden por la existencia de una relación laboral no registrada, y que no fue infringido el procedimiento legal para su imposición.
- Respecto a la inconstitucionalidad de leyes, la Cámara rechazó los planteos por no encontrar fundamentos sólidos.
- Se rechazaron los agravios sobre horas extras, intereses y costas, confirmando la liquidación de la sentencia de primera instancia.
- Se impusieron las costas en instancia de alzada a las demandadas vencidas, conforme a la regla de la derrota.

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