PROLA, VIVIANA MABEL c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la resolución que declaró abstracta la acción de amparo por mora y reguló honorarios, manteniendo la imposición de costas a la actora y ajustando los honorarios profesionales de los abogados de la parte actora a 7 UMA, en línea con la normativa del proceso de amparo. La decisión se fundamenta en la naturaleza del proceso de amparo por mora, que no constituye un juicio en sentido propio, y en la necesidad de ajustar la regulación de honorarios a los parámetros establecidos por la ley 27.423 y la jurisprudencia aplicable, considerando la complejidad y el resultado del trámite. La Cámara también recordó la obligación del tribunal de verificar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes de archivar la causa.
- Quién demanda: Viviana Mabel Prola
¿A quién se demanda?
Universidad Nacional de Córdoba
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora de la administración para que se dicte pronto despacho en expediente administrativo
¿Qué se resolvió?
Se declaró abstracta la acción, se impusieron costas a la demandada y se reguló honorarios en 7 UMA, reduciéndolos respecto de la regulación inicial de 20 UMA por considerar la causa de baja complejidad y en atención a jurisprudencia previa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que en los procesos de amparo por mora, la regulación de honorarios no puede ser inferior a 5 UMA, y en este caso, por la poca complejidad y la naturaleza del trámite, resulta procedente reducir la regulación a 7 UMA en conjunto, en línea con la jurisprudencia sobre el tema; además, recordó la obligación de verificar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes de archivar. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable y en la jurisprudencia, específicamente en autos como “GUARNERI, CARLOS EDUARDO” y en la normativa de la ley 27.423 y la ley 19.549.
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