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DECORTE, SUSANA PILAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que ordenaba a la ANSES el recálculo y reajuste del haber previsional, diferiendo el análisis de la PBU para la etapa de ejecución, y rechazando los agravios de la demandada en relación a la aplicación de precedentes y constitucionalidad de leyes previsionales.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Susana Pilar Decorte, demanda a la ANSES solicitando el recálculo y reajuste de su haber previsional, que fue obtenido el 02/06/2011 conforme a la Ley 24.241, y que fue desestimado en sede administrativa en 2019. La Cámara analizó la actualización del haber, confirmando que la fecha de adquisición del derecho fue el 02/06/2011 y que la actualización debe diferirse a la etapa de ejecución, aplicando los índices previstos en los precedentes "Badaro" y "Quiroga". La sentencia sostiene que la falta de actualización produce una merma confiscatoria en el haber inicial y que la decisión de diferir el análisis respeta los precedentes jurisprudenciales. Se confirma también la constitucionalidad de las leyes y artículos cuestionados, en especial el art. 9 de la ley 24.241, y se rechazan los agravios respecto a los topes y a la aplicación del precedente "Elliff". La Cámara además impone las costas a la demandada y regula los honorarios del 35% para la parte actora.

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