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Legajo Nº 2 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, SERGIO CRISTIAN s/LEGAJO DE CASACION

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la resolución que rechazó el planteo de inconstitucionalidad de las disposiciones del sistema SIGPPLAR, considerando que la alegación de vulneración de derechos constitucionales no constituyó motivo suficiente para su aceptación y que la resolución impugnada fue fundada en un análisis integral del caso.

Inconstitucionalidad Derechos humanos Derechos constitucionales Control de constitucionalidad Recurso de inconstitucionalidad Camara federal de casacion penal Derecho a visitas Medidas penitenciarias Procedimiento penal. Sistema sigpplar


- Quién demanda: Sergio Cristian Rodríguez (defensa)

¿A quién se demanda?

Cámara Federal de Casación Penal (resolución que declaró inadmisible el recurso)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad de las disposiciones del Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo (SIGPPLAR), en particular los incisos a), b) y f) del art. 1º de la resolución 153/2025 del Ministerio de Seguridad de la Nación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad por considerar que la parte recurrente no logró demostrar la existencia de vicio o incumplimiento constitucional manifiesto, y que las medidas adoptadas en el marco del SIGPPLAR son razonables, fundadas en perfiles criminológicos y en la protección del orden y convivencia en los centros penitenciarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tribunal expresó que la declaración de inconstitucionalidad de una disposición legal requiere que la repugnancia de la norma con la Constitución sea manifiesta, clara e indudable, y que la simple alegación de vulneración constitucional no alcanza para su aceptación. Además, resaltó que las medidas adoptadas en el sistema SIGPPLAR tienen una fundamentación objetiva basada en perfiles criminológicos y en la facultad inherente a la administración penitenciaria para evaluar riesgos y mantener el orden en los establecimientos carcelarios. La resolución impugnada fue fundada en un análisis integral del caso, y la parte recurrente no logró demostrar la existencia de vicio o fundamentación arbitraria que justifique la declaración de inconstitucionalidad."

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