ROMO, ARMANDO Y OTROS c/ AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó parcialmente la demanda por diferencias salariales y nulidad de acuerdos extintivos, revocando la condena a Aerolíneas Argentinas y dejando sin efecto las condenas de los actores por diferencias salariales, en un fallo que analizó la validez de los acuerdos y la prueba producida.
- Quién demanda: los Sres. Carlos Esteban MONTAL, Juan Carlos AMADIO, Luis Carlos SEVERINO, y otros.
¿A quién se demanda?
Aerolíneas Argentinas S.A. y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
diferencias salariales por cargos jerárquicos, nulidad de acuerdos extintivos, daño moral, responsabilidad de Maccari, y otros conceptos laborales.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la mayor parte de la fallo de primera instancia, rechazando las pretensiones de nulidad y diferencias salariales, excepto en las condenas a los actores por las diferencias salariales que fueron revocadas, y mantuvo la validez de los acuerdos de desvinculación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La prueba testimonial y pericial contó con suficiente respaldo, demostrando que los acuerdos extintivos fueron celebrados sin vicios y en cumplimiento de la normativa laboral (conf. art. 241, Ley de Contrato de Trabajo). La existencia de amenazas o coacción no fue acreditada, y los testimonios refirieron aceptación voluntaria de los acuerdos. La práctica habitual de asignar funciones en tierra y la inexistencia de diferencias salariales acreditadas en relación con cargos en tierra sustenta la decisión de no reconocer las diferencias reclamadas. La denuncia de discriminación o persecución sindical no fue probada, y las notas de reconocimiento de hostigamiento no acreditan irregularidades en la firma de los acuerdos. La excepción de cosa juzgada respecto del proceso anterior fue aceptada, dado que el actor ROMO desistió en juicio sumarísimo y ello genera la extinción de la acción. La responsabilidad del codemandado Maccari no fue acreditada por amenazas o dolo, por lo que su responsabilidad civil fue rechazada. La condena por daño moral fue rechazada, ya que no se probó discriminación o persecución efectiva. Las costas y honorarios fueron regulados en función de lo resuelto y la actuación en instancia de alzada.
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