ALEGRE, CARLOS OMAR c/ LOS CREPES GROUP S.R.L. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la decisión de actualizar las acreencias laborales según el índice RIPTE y aplicar una tasa de interés del 6% anual, rechazando los mecanismos de actualización cuestionados por la Corte Suprema, por considerarlos desproporcionados y en contra de la constitucionalidad.
- Quién demanda: Carlos Omar Alegre (actor)
¿A quién se demanda?
Los Crepes Group SRL (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La actualización de créditos laborales por despido y otros conceptos, con la aplicación de intereses y accesorios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, que dispuso la actualización de las acreencias según el índice RIPTE y una tasa de interés del 6% anual, rechazando la capitalización periódica y los mecanismos indexatorios que la Corte Suprema consideró desproporcionados e inconstitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, esta Cámara ha reiterado que la imposición de accesorios del capital constituye solo un arbitrio tendiente a obtener una ponderación objetiva de la realidad económica. Si ello no opera de ese modo, el resultado se vuelve injusto objetivamente y debe ser corregido por los magistrados. La forma en que se dispuso la adecuación del crédito y la liquidación de los accesorios conduce a un resultado manifiestamente desproporcionado, que excede cualquier parámetro de ponderación razonable sin el debido sustento legal (conf. artículo 771 del CCyCN). La aplicación mecánica de sistemas indexatorios y tasas de interés que generan resultados desproporcionados vulnera principios constitucionales y la supremacía del bloque de constitucionalidad, por lo que se declara la inconstitucionalidad del artículo 7º de la ley 23.928 (texto cfr. ley 25.561) en el caso bajo análisis."
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