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ASTUDILLO CORDERO, ARLINS JOSEFINA c/ SUCH, JOSE LUIS Y OTROS s/DESPIDO

La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia en la mayoría de sus términos, incluyendo la responsabilidad del demandado y las costas, modificando los intereses según consideraciones económicas actuales y normativa aplicable.

Intereses Intereses moratorios Responsabilidad societaria Responsabilidad personal Responsabilidad del gerente Irregularidades registrales Tasa cer Ley 19550 Modificacion intereses Costas y honorarios 9. tipo de


- Quién demanda: Arlinda Josefina Astudillo Cordero

¿A quién se demanda?

Jose Luis Such y otros, incluyendo a Martin Fernando Ruiz

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de créditos laborales y responsabilidad del codemandado Ruiz, con cuestionamiento a la eximición de responsabilidad y pedido de condena bajo la Ley 19550

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la responsabilidad de los demandados en los aspectos de fondo, salvo en la responsabilidad del socio gerente Ruiz, cuyo rol no fue acreditado, y ajusta los intereses a partir del 1 de enero de 2024 usando el CER y tasas activas, además de confirmar costas y honorarios. La responsabilidad de Ruiz se descarta por no acreditar su rol societario en la relación laboral. La modificación de intereses se realiza para adecuarse a las condiciones económicas actuales y evitar resultados desproporcionados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la operatividad del artículo 54 de la Ley 19550 en cuanto no se acredite la existencia de una sociedad ficticia y fraudulenta, constituida en abuso del derecho y con el propósito de violar la ley, aspectos no observados en el caso... Los actos realizados por los socios en representación del ente no les son imputables, en principio, a título personal, dada la diferenciación de personalidad que emerge de la Ley 19550 y de los artículos 33 y siguientes del Código Civil. Su eventual responsabilidad por actos de la sociedad, nace cuando se acredita que la figura societaria ha sido utilizada como mero instrumento para la consecución de finalidades extrasocietarias o como mero recurso para violar la ley o el orden público o frustrar los derechos de terceros." "En el caso bajo análisis, si bien se acreditaron irregularidades registrales denunciadas en la demanda, no surge que el codemandado Ruiz fuera socio gerente, por lo que no resulta responsable en los términos de las normas señaladas." "Respecto a los intereses, la modificación busca ajustar los efectos del pronunciamiento al contexto actual, proponiendo utilizar el CER hasta el 31/12/2023 y tasas activas a partir del 1/1/2024, para evitar resultados desproporcionados y respetar la función reguladora del interés." "Se confirma la sentencia en lo principal, salvo en los intereses, que se ajustan conforme al considerando."

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