SILVA MARIO ADOLFO c/ ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó el reconocimiento como veterano de guerra por haber prestado servicios durante el conflicto en el continente. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el rechazo de su reclamo por no cumplir con los requisitos geográficos y de participación en combate establecidos por la ley.
Reconocimiento como veterano de guerra y obtención de la pensión correspondiente
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el reclamo y se confirma la sentencia de primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La ley 23.848 que otorga la pensión de guerra establece requisitos geográficos (haber estado en el Teatro de Operaciones Malvinas o Atlántico Sur) y de participación efectiva en combate. El actor prestó servicios en la Compañía de Comunicaciones 11 en Río Gallegos, fuera de las zonas delimitadas por la ley, y no acreditó haber participado en combate. Si bien la jurisprudencia ha flexibilizado en algunos casos los requisitos geográficos, en este caso no se encuentran elementos suficientes para declarar la inconstitucionalidad de la norma y amparar el reclamo.
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