PAPALEO CRISTIAN EZEQUIEL-CROMAÑON- c/ GCBA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la regulación de honorarios profesionales en una causa por daños y perjuicios, aclarando que no incluyen IVA, y estableció que el beneficiario debe abonar dicho impuesto si corresponde. La resolución se fundamenta en la naturaleza del trabajo realizado y en la normativa vigente, confirmando la decisión de la instancia anterior.
- Quién demanda: Cristian Ezequiel Papaleo
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de la causa Cromañón
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la regulación de honorarios profesionales y aclara que no incluyen IVA, estableciendo que el beneficiario debe depositar dicho impuesto si está inscripto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido durante la etapa de ejecución de sentencia, corresponde confirmar la regulación de honorarios de fojas 970 (conf. art. 16, 20, 44 y ccdtes de la Ley Nº 27.423 y la Resolución SGA Nº 1687/2025)."
"Que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realiza el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, juntamente con el monto de pago."
La resolución no presenta votos disidentes y se fundamenta en la normativa vigente y en la naturaleza del trabajo realizado.
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