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MALDONADO MARIA DE LOS ANGELES S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

Revisión de la capacidad jurídica de María de los Angeles Maldonado; el tribunal modifica la sentencia inicial y reconoce su capacidad para gestionar aspectos esenciales de su vida, estableciendo apoyos específicos para actos patrimoniales y de salud.

Discapacidad Salud mental Capacidad juridica Apoyos Autonomia progresiva Proteccion de derechos Derechos de las personas con discapacidad Restricciones Sentencia judicial Re-evaluacion incapacidad

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia realiza una re-evaluación de la capacidad jurídica de María de los Angeles Maldonado, quien inicialmente fue considerada incapaz en virtud de su diagnóstico de retraso mental, epilepsia y hemiparesia. Tras las pericias y análisis, el tribunal confirma que mantiene el diagnóstico, pero concluye que su autonomía ha mejorado en ciertos aspectos. La sentencia establece que, si bien no puede ejercer plenamente su capacidad jurídica, puede decidir sobre cuestiones relacionadas con su vida cotidiana, bienestar, relaciones afectivas, sociales y familiares. El tribunal fundamenta que la normativa internacional y nacional, incluyendo la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la legislación local, promueven el principio de dignidad del riesgo y el respeto por la autonomía progresiva. Se destaca que la restricción a su capacidad debe ser excepcional y subsidiaria, y que la misma debe limitarse a actos que impliquen riesgos patrimoniales o de salud, estableciendo apoyos específicos para que la asistida pueda ejercer sus derechos en las áreas no restringidas. Se ordena que María de los Angeles requiera apoyo para realizar actos de disposición y gravamen de sus bienes, así como para decisiones relacionadas con su salud, con figuras de apoyo designadas y supervisión judicial. El fallo también prevé un monitoreo periódico y una reevaluación en tres años, garantizando la continuidad de beneficios sociales y la protección de sus derechos fundamentales. Fundamentos principales incluyen la evolución del paradigma en salud mental, la protección de derechos conforme a tratados internacionales, y la necesidad de un enfoque pro-homine que respete la dignidad y autonomía de la persona con discapacidad. La decisión enfatiza que la incapacidad no es absoluta y que la persona puede ejercer derechos con apoyos adecuados, en línea con las nuevas políticas de inclusión y respeto a la dignidad.

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