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ABRAHAM JULIAN MANUEL C/ BANACH EDUARDO GUSTAVO S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951

La sentencia ordena la continuación de la ejecución de honorarios por mediación contra Banach Eduardo Gustavo, tras vencimiento del plazo y la inacción del ejecutado, con condena en costas y regulación de honorarios diferida.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Dr. Abraham Julian Manuel, en calidad de mediador prejudicial, inició una ejecución de honorarios contra Banach Eduardo Gustavo por 8,69 JUS más aportes y un interés del 12% desde 18/08/2023. La causa surge porque, tras el cumplimiento del plazo de 90 días previsto en el art. 31 del Dec. 600/2021, la parte ejecutada no opuso excepciones, por lo que se considera que ha perdido su derecho a hacerlo. La sentencia ordena continuar la ejecución hasta que el ejecutado pague la suma reclamada, con costas a su cargo, y difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en la ley. La resolución se fundamenta en los arts. 540, 556, 68 y concs. del CPCC, y en el art. 31 del Decreto Reglamentario 600/21 de la ley 13.951. Fundamentos principales: "Que la presente ejecución es iniciada por el Dr. Abraham Julian Manuel (mediador prejudicial) persiguiendo la ejecución de honorarios contra Banach Eduardo Gustavo por la cantidad reclamada de 8,69 JUS con más los aportes de ley de 0,86 JUS, atento haber transcurrido el plazo de 90 días que prevee el art. 31 del Dec. 600/2021, sin que la parte inicie la acción." "Que habiéndose librado el mandamiento ordenado mediante proveído de fecha 04/04/2025, surge que el ejecutado no ha opuesto excepciones y que el término para hacerlo se encuentra vencido según resulta de la diligencia efectuada en calle Av. Libertad N° 903 (v. mandamiento en pdf agregado el 16/07/2025) téngase por perdido el derecho que ha dejado de usar." "Por ello, y atento lo dispuesto por los arts. 540, 556, 68 y concs. del CPCC, y art. 31 Decreto Reglamentario 600/21 de la ley 13.951. RESUELVO:... Mandar continuar la ejecución hasta tanto el ejecutado Banach Eduardo Gustavo haga al acreedor a Abraham Julian Manuel íntegro pago del capital reclamado de 8,69 JUS con más el 10% de aportes y con más un interés del 12% anual (art. 54 inc. "a" de la ley 14.967) desde la fecha de la mora 18/08/2023, y hasta su efectivo pago." "Con costas al ejecutado vencido (art 68 y 556 del CPCC)." "Difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad del

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