L´EPISCOPO ALBERTO CARMELO S/SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos y la documentación correspondiente en relación a un inmueble. La Cámara, mediante la resolución de la jueza Mato, ordena la inscripción registral tras el cumplimiento de requisitos formales y el pago de tasas, y resuelve la confección de instrumentos notariales conforme a normativa provincial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza Laura Elizabeth Mato ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en fecha 25/11/2011 respecto a una fracción del bien inmueble identificado en autos, con un 1/6 del mismo. La resolución responde a una presentación que solicita la inscripción y la notificación correspondiente, y se fundamenta en la necesidad de cumplir con los requisitos formales y legales, incluyendo la presentación de valuación fiscal y el pago de tasas. La resolución establece que, una vez cumplidos los requisitos, se procederá a la confección de los instrumentos para la inscripción registral en los términos de las resoluciones de la SCBA y en cumplimiento de las disposiciones del CPCC y la ley 6716. Se remarca la obligatoriedad del cumplimiento del jus previsional y la comunicación electrónica, y se ordena que la profesional interviniente expida los instrumentos necesarios.
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