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Recurso De Queja De En Autos Villafañe, Juan Carlos S/inhabilitación Art. 3 Cen

La Cámara Nacional Electoral hace lugar a la queja y concede el recurso de apelación interpuesto contra la denegación del recurso de apelación en un proceso de inhabilitación electoral.

Recurso de queja Inhabilitacion electoral Procedimiento sumario Plazos de apelacion Codigo electoral nacional


- Actor: Fiscal actuante ante el juzgado federal con competencia electoral del distrito de Santa Cruz
- Demandado: Desconocido
- Objeto de la demanda: Apelación contra la resolución que rechazó por extemporánea la apelación interpuesta contra la resolución de inhabilitación electoral
- Decisión del tribunal: La Cámara Nacional Electoral hace lugar a la queja y concede el recurso de apelación, ordenando al juez de primera instancia que sustancie dicho recurso. Fundamentos principales:
- El juez de primera instancia aplicó erróneamente los plazos del procedimiento sumarísimo en lugar de los del proceso sumario regulado por la Ley 23.298, que establece un plazo de 5 días para apelar.
- La apelación fue presentada dentro de las dos primeras horas del 5to día, por lo que se considera interpuesta en término.

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