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Recurso De Queja De En Autos Báez, Lázaro Antonio S/inhabilitación Art. 3 Cen

La Cámara Nacional Electoral hace lugar al recurso de queja contra la denegación del recurso de apelación interpuesto contra la inhabilitación de un ciudadano.

Recurso de queja Proceso sumarisimo Inhabilitacion Plazo apelacion Codigo electoral nacional Juicio sumario.


¿Quién es el actor?

Fiscal actuante ante el juzgado federal con competencia electoral del distrito de Santa Cruz

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja contra la denegación del recurso de apelación interpuesto contra la resolución que inhabilitó a un ciudadano.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional Electoral hace lugar a la queja y concede el recurso de apelación, debiendo el juez de primera instancia sustanciarlo y elevar el expediente principal. Fundamentos principales:
- El juez de primera instancia consideró extemporánea la apelación, aplicando erróneamente los plazos del procedimiento sumarísimo, cuando en realidad debía aplicar el plazo de 5 días del juicio sumario previsto en la ley 23.298.
- La apelación fue presentada dentro de las 2 primeras horas del día 28 de julio, por lo que estaba en término aun considerando los días de feria judicial.

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