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Recurso De Queja De En Autos Andrade, Jesús Gabriel S/inhabilitación Art. 3 Cen

La Cámara Nacional Electoral revoca la denegación del recurso de apelación contra la inhabilitación electoral del señor Jesús Gabriel Andrade y ordena su sustanciación.

Recurso de apelacion Recurso de queja Plazo para apelar Procedimiento sumarisimo Inhabilitacion electoral Codigo electoral nacional


¿Quién es el actor?

Jesús Gabriel Andrade

¿A quién se demanda?

No aplicable
- Objeto de la demanda: Inhabilitación electoral del señor Andrade
- Decisión del tribunal: La Cámara Nacional Electoral hace lugar a la queja presentada y concede el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que había denegado dicho recurso. Los principales fundamentos de la decisión son:
- La norma aplicable (art. 4 del Código Electoral Nacional) no remite al procedimiento sumarísimo, sino al ordinario, por lo que el plazo para apelar es de 5 días y no 3.
- La apelación fue presentada dentro de las 2 horas del quinto día, por lo que se considera interpuesta en término.
- En consecuencia, corresponde conceder el recurso de apelación y que el juez de primera instancia lo sustancie.

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