BARRETO MARIA ALEJANDRA C/ NACION AFJP S.A Y BANCO NACION ARGENTINA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS ( ORDINARIO)
La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de su despido. La Cámara Federal de Posadas confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que el daño moral reclamado no excedía las consecuencias ordinarias del despido.
¿Quién es el actor?
María Alejandra Barreto
- Demandados: Nación AFJP S.A. y Banco de la Nación Argentina
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por despido
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha definido el daño moral como "la lesión o menoscabo en los sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, tranquilidad espiritual o en la vida de relación de la persona".
- En materia laboral, el sistema de indemnización tarifada por despido abarca los daños materiales y morales, salvo que se acrediten perjuicios excepcionales que trasciendan las consecuencias ordinarias del despido.
- En el caso, no se advierte que la conducta de la demandada haya excedido los límites de la buena fe o lesionado derechos fundamentales de la trabajadora.
- La valoración de la prueba efectuada por el juez de grado se ajusta a las reglas de la sana crítica racional.
- Procede imponer las costas a la parte actora vencida.
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