PIERRO, JESUS MARIA c/ CPACF (EX 33163/23) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
El abogado Jesus María Pierro apeló la sanción disciplinaria de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción al considerar que el letrado incumplió con sus deberes éticos al no impulsar el proceso judicial en el que actuaba como patrocinante.
¿Quién es el actor?
Jesus María Pierro
¿A quién se demanda?
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apelación de sanción disciplinaria de multa por incumplimiento de deberes éticos
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso y confirmó la sanción impuesta por el Tribunal de Disciplina.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Tribunal de Disciplina determinó que el letrado incurrió en falta de ética profesional al no impulsar el proceso judicial a su cargo, lo que derivó en la declaración de caducidad de instancia.
- El hecho de que el letrado no haya podido contactar a su clienta no lo exime de su responsabilidad de brindar un adecuado servicio y proteger los derechos de su representada.
- La graduación de la multa no se considera manifiestamente arbitraria, teniendo en cuenta la gravedad de la falta y la antigüedad profesional del letrado.
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