IRRAZABAL, MANUEL ABELINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Beneficiario previsional reclama reajuste de haber inicial. La Cámara Federal de Mendoza confirma parcialmente la sentencia y ordena eximir al retroactivo del impuesto a las ganancias.
Reajuste de haber inicial previsional
- Decisión: La Cámara Federal de Mendoza rechaza el recurso de apelación de ANSES, salvo en lo relativo a la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, lo cual confirma.
Principales fundamentos:
- La ley 26.417 establece que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustarán por el índice ISBIC, mientras que las de marzo en adelante se actualizarán conforme al índice combinado previsto en la ley, por lo que la discusión sobre la procedencia del ISBIC es irrelevante.
- Respecto a la aplicación de la doctrina "Villanustre", esta no es aplicable al régimen de la Ley 24.241, donde el haber inicial no está determinado en un porcentaje fijo.
- En cuanto a la constitucionalidad de los topes, se difiere el tratamiento a la etapa de liquidación, donde de corroborarse confiscatoriedad, podrán declararse inconstitucionales.
- La inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 para períodos anteriores a la adquisición del beneficio en 2020 es improcedente.
- Se confirma la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, en línea con precedentes de la Cámara.
- Las costas se imponen a la demandada vencida.
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